La reforma educativa
y el fin de la reforma agraria.
La reforma educativa.
Las acciones realizadas en materia educativa por el gobierno
de Carlos Salinas de Gortari, se producen en el marco de lo que algunos
analistas califican como “el fin de un ciclo” en el desarrollo de los sistemas
educativos latinoamericanos (Cf. CEPAL-UNESCO, 1992).
En efecto, al menos en el caso de México, el desarrollo del
sistema educativo nacional (SEN) puede periodizarse en tres grandes etapas: un
período de institucionalización (1920-1940), un período de crecimiento acelerado
y diferenciación del sistema (1940-l980), y un período reciente de
estancamiento (década de los 80).
La primera de estas etapas se caracterizó por la creación de
un sistema de educación básica, de carácter único, nacional, centralizado y
homogéneo. Sus dos principales tareas fueron:
a) Abatir los altos índices de analfabetismo (alrededor del
70 por ciento tras la Revolución), llevando la escuela a los sectores mayoritarios
del país.
b) Identificar a los
diferentes grupos (clases, etnias, comunidades, etcétera) con el naciente
estado posrevolucionario, es decir, integrar a la nación mediante la promoción
de una cultura nacional única para todos los mexicanos (lenguaje, símbolos,
etcétera).
La segunda etapa, de los años 40 a los 80, consistió en un
acelerado proceso de expansión y diferenciación del sistema educativo. Por una
parte, la matrícula en educación básica creció rápidamente, y por otro, el SEN
se diversificó con el surgimiento y consolidación de otros subsistemas: educación
técnico-agropecuaria, bachillerato, universidades, etcétera. Este último proceso,
aunado a la terrible caída del gasto educativo durante la década de los 80,
generó tensiones y contradicciones que revelaron la rigidez y obsolecencia de
ciertas estructuras (curriculares, administrativas, etcétera).
Así, hacia fines de los 80 el SEN llegó a un momento de
agotamiento en algunos de sus patrones de desarrollo: el acelerado ritmo de
crecimiento de la matrícula en todos los niveles disminuyó o se estancó; el financiamiento
descendió a los niveles de 1979; la calidad del servicio, sobre todo en
educación básica, se puso en tela de juicio.
Esta situación llevó al gobierno a identificar cuatro grandes
problemáticas del SEN: eficiencia, calidad de la educación, centralización-burocratización
y financiamiento.
La reforma educativa de 2012-2013 en México es una reforma
constitucional presentada por el presidente de la República, Enrique Peña
Nieto, dentro del marco de los acuerdos y compromisos establecidos en el Pacto
por México. Fue aprobada por la Cámara de Diputados el 20 de diciembre de 2012
y por el Senado de la República el 21 de diciembre del mismo año. En febrero de
2013, la reforma fue declarada constitucional por el Poder Legislativo Federal,
promulgada por el Ejecutivo el 25 de febrero de 2013 y publicada al día
siguiente en el Diario Oficial de la Federación. El 10 de septiembre de 2013,
Peña Nieto promulgó la reforma a la Ley General de Educación, la Ley del
Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y la Ley General del
Servicio Profesional Docente; los tres decretos fueron publicados en el Diario
Oficial al día siguiente.
La reforma está estructurada para buscar el mejoramiento
constante y el máximo logro educativo de los estudiantes, siendo el Estado quien
garantizará los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la
infraestructura educativa y la idoneidad de docentes y directivos para el
cumplimiento de tal precepto constitucional en un marco de inclusión y
diversidad. Se eleva a rango constitucional la posibilidad para que los padres
de familia puedan expresar su opinión sobre los planes y programas educativos.
Además, se establecen diversas reformas a los artículos 3 y 73 constitucionales
y se adiciona una nueva fracción al artículo 3 constitucional.
El fin de la reforma
agraria.
La reforma agraria mexicana tuvo su origen en una revolución
popular de gran envergadura y se desarrolló en tiempos de la guerra civil. A lo
largo de un extenso período se entregaron a los campesinos más de 100 millones
de hectáreas de tierras, equivalentes a la mitad del territorio de México con
los que se establecieron cerca de 30 000 ejidos y comunidades que comprendieron
más de 3 millones de jefes de familia. Sin embargo, la reforma no logró el
bienestar perseguido, y los campesinos a los que llegó viven hoy en una pobreza
extrema. El deterioro paulatino del sector rural se prolongó hasta 1992, cuando
se consiguió reorientar cabalmente el desarrollo rural. La reforma agraria
quedó inconclusa, y sus objetivos sociales y económicos no se alcanzaron.
LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1992
El deterioro progresivo pero acelerado del sector rural se prolongó hasta 1992, cuando fue posible alcanzar un consenso suficiente, aunque distante de la unanimidad, para reorientar y dar dinamismo al desarrollo rural, y combatir la pobreza, el atraso y la marginación. La primera etapa ese proyecto de reorientación de largo alcance fue la reforma del artículo 27 Constitucional en materia agraria, así como las leyes reglamentarias derivadas. La nueva versión del artículo se promulgó el 6 de enero de 1992, y unos meses más tarde se promulgó la Ley Agraria y la Ley Forestal. Sin embargo, la crisis política de 1994 y la crisis económica de 1995 retrasaron o suspendieron la aplicación de los programas compensatorios y, lo que era más importante, de una reforma institucional que no sólo era complemento sino condición de la reforma integral de gran alcance. La reforma quedó inconclusa; sus metas sociales y económicas no se alcanzaron. Pese a estas limitaciones, la reforma produjo efectos positivos que conviene analizar.
La reforma constitucional de 1992 partía de un principio,
enunciado en la Exposición de Motivos del Poder Ejecutivo, que recibió poca
atención: a saber, que la iniciativa y la libertad para promover el desarrollo
rural pasaban a manos de los productores rurales y sus organizaciones. La reforma
invertía el enfoque previo que otorgaba al Estado y al Gobierno la facultad de
planear y dirigir la producción en las zonas rurales. El Presidente de la
República perdía las facultades extraordinarias relativas al reparto de la
tierra como proceso administrativo, las cuales le habían permitido intervenir
directamente en las decisiones internas de los ejidos. La nación dejaba de ser
propietaria jurídica de las tierras sociales, y la propiedad de éstas pasaba a
los ejidos. Los ejidos, en su calidad de sociedades propietarias de las
tierras, no quedaban subordinados a las autoridades gubernamentales. La
asamblea ejidal, autoridad suprema de unos ejidos reformados, gozaba de
autonomía y era independiente respecto a cualquier intervención gubernamental.
El valor de la tierra como capital se transfería del Estado a los núcleos
ejidales para su uso y disfrute, incluida la comercialización. La justicia
agraria se trasladaba a los tribunales agrarios ordinarios, y el poder
ejecutivo perdía sus facultades jurisdiccionales. Se rompía así el vínculo
tutelar entre el Estado y los campesinos; y los productores rurales, dotados de
un capital territorial, fueron libres de manejar su propio desarrollo.
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